8/3/19

muchas gracias a los jueces!!!

PD1: Tengo 9 hijos que se me han ido haciendo mayores. Me queda Sol que acaba la carrera ahora y dos más pequeñas, María y Rosario. Este año perdíamos la condición de familia numerosa ESPECIAL, que tiene buenos descuentos en transportes y universidades… Pues se ha ganado, en los tribunales, el recurso impuesto al gobierno del Partido Popular de Madrid, para que sigamos siendo familia numerosa especial hasta que Rosario acabe sus estudios. Tener tantos hijos es muy caro y cualquier ayuda era muy bienvenida… Además, no debe ser tanto dinero ya que somos cuatro gatos los que nos lanzamos a tener tantos hijos.

Doy gracias a los jueces y alucino con el PP que sigue primando a los emigrantes, al colectivo gay, a lo que sea…, frente a los padres de familias muy grandes que generamos muchos cotizantes futuros de pensiones…

Las familias numerosas mantendrán la categoría especial hasta el último hijo

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechaza la pretensión de la comunidad de negar la categoría especial mientras los hijos siguen en el hogar. Así, las familias numerosas mantendrán su categoría hasta que el último de los hijos cumpla los 21 años o los 26 años si sigue estudiando.

El 18 de agosto de 2015 se publicó en el BOE la Disposición Final 5ª de la Ley de Infancia de 2015 donde se estipula que las familias numerosas podrán mantener el título, que incluye tanto la condición de numerosa como la categoría, ya sea general o especial, hasta que el último de los hijos cumpla los 21 años o los 26 años si sigue estudiando.

Sin embargo, según denuncian las asociaciones que representan a estas familias desde el primer momento las Comunidades Autónomas, encargadas de gestionar y tramitar dichos títulos, interpretaron que podían rebajar de la categoría especial (5 hijos o más) a la categoría general (3 y 4 hijos y 2 si al menos uno tiene una discapacidad mayor del 33%) discriminando así a los hijos pequeños frente a los mayores en los beneficios y ayudas por ser familia numerosa.

“Cuando la Dirección de Familia, que es el organismo de la Consejería de Políticas Sociales y Familia encargada de gestionar y tramitar los títulos de familia numerosa, empezó a denegar el mantenimiento de la categoría especial, la asociación junto a las familias elaboramos un modelo de reclamación para reivindicar lo que dice la ley. Al ser denegadas las reclamaciones, se interpuso un recurso contencioso administrativo que es el que ha estimado el TSJM el miércoles pasado”, cuenta Menéndez.

Ahora, la sección octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha respaldado el recurso contra la resolución de 3 de junio de 2016 del director general de la Familia y el Menor y la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid, que acordó denegar a los recurrentes el mantenimiento de categoría especial durante la vigencia de su título de familia numerosa.

Así, el tribunal ha decidido anular estas disposiciones “por no ser conformes a Derecho”, de tal forma que se mantiene “el título de Familia Numerosa, Categoría Especial, solicitado por los recurrentes”.

“La Ley 26/2015  dice que se mantiene el título hasta el último hijo y el título es la condición más la categoría, por lo tanto se mantiene la categoría también. Es lo que dice la ley y es lo justo para que no haya discriminación entre hermanos”, defiende la presidenta de la Asociación de Familias Numerosas de Madrid (AFNM), María Menéndez.

Con independencia de que la Dirección de Familia interponga recurso a esta sentencia y a la “expresa imposición de costas procesales”, la asociación instará a las familias a que presenten reclamación administrativa y a las que ya lo hicieron, que presenten un recurso contencioso en los mismos términos de la reclamación al mantenimiento de la categoría especial.

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